El PAPEL DEL TRIBUNAL
ELECTORAL EN LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL
El día miércoles, a partir de las 8:00 a.m. los Consejos Distritales
iniciaron los cómputos de las actas de escrutinio y cómputo de las más
de 130,000 casillas instaladas el pasado 2 de julio. El Cómputo
Distrital es el procedimiento establecido en la ley mediante el cual
los 300 Consejos Distritales suman los resultados anotados en las
actas de cada una de las casillas de su distrito. La suma de votos que
arrojan los cómputos de los 300 Consejos Distritales es el resultado
final que anuncia el IFE para cada elección (Presidente de la
República, Diputados Federales y Senadores).
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Al término del
cómputo distrital, el Presidente de cada Consejo Distrital integra
el expediente del cómputo de la elección presidencial que contendrá
las correspondientes actas de las casillas, el original del acta de
cómputo distrital, copia certificada del acta circunstanciada de la
sesión de cómputo y copia del informe del propio Presidente del
Consejo Distrital sobre el desarrollo del proceso electoral.
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Una vez integrado el
expediente, se remitirá junto con las boletas electorales y las
impugnaciones, si las hubiere, al Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación.
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En caso de que se
impugne la votación en alguna de las casillas se incluirán los
escritos de protesta y el informe preparado por la autoridad
electoral.
Conforme a lo dispuesto
por el artículo 252 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es
la facultada para “resolver, en una sola instancia y en forma
definitiva e inatacable, las impugnaciones sobre la elección de
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Una vez resueltas las que
se hubieren interpuesto, la Sala Superior, a más tardar el 6 de
septiembre del año de la elección, realizará el cómputo final,
procediendo a formular la declaración de validez de la elección y la
de Presidente electo respecto del candidato que hubiese obtenido el
mayor número de votos”.
Dicho de otra manera y
como se muestra en el diagrama, se enviarán todos los expedientes de
cómputo al Tribunal Electoral; unos contendrán impugnaciones y otros
no. El Tribunal resolverá las impugnaciones para obtener un resultado
final en el cómputo distrital y éste será sumado a los resultados
distritales que no fueron impugnados para llegar al resultado final de
la elección.

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