NOTA INFORMATIVA

Fecha: 13 de mayo del 2004

Asunto:

RECOMENDACIÓN DEL CCIME II.13/LEG/SEGOB, “SE RECOMIENDA QUE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN ELABORE UN ESTUDIO DE LOS ASPECTOS JURÍDICOS Y DE TODO TIPO, PARA LOGRAR QUE SEA EFECTIVO EL DERECHO DE VOTAR A LA MAYOR BREVEDAD DE LA COMUNIDAD MEXICANA DESDE EL EXTERIOR. ASIMISMO, ES NECESARIO QUE EL ESTUDIO INCLUYA ADEMÁS DE LOS ASPECTOS RELACIONADOS CON EL DERECHO DE VOTO PARA LA COMUNIDAD MEXICANA EN EL EXTERIOR ANTES MENCIONADO, LA REPRESENTACIÓN DE LOS MIGRANTES EN EL CONGRESO DE LA UNIÓN, EN LOS CONGRESOS ESTATALES, EN LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL (IFE), EN EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LOS TRIBUNALES ELECTORALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, ASÍ COMO EN TANTOS ORGANISMOS GUBERNAMENTALES RELACIONADOS CON EL VOTO COMO SEA NECESARIO.”


En referencia a la Recomendación del Consejo Consultivo número II.13/LEG/SEGOB en la que se plantea, “Se recomienda que la Secretaría de Gobernación elabore un estudio de los aspectos jurídicos y de todo tipo, para lograr que sea efectivo el derecho de votar a la mayor brevedad de la comunidad mexicana desde el exterior. Asimismo, es necesario que el estudio incluya además de los aspectos relacionados con el derecho de voto para la comunidad mexicana en el exterior antes mencionado, la representación de los migrantes en el Congreso de la Unión, en los Congresos estatales, en la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, en el Instituto Federal Electoral (IFE), en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en los tribunales electorales de las entidades federativas, así como en tantos organismos gubernamentales relacionados con el voto como sea necesario”, a continuación se transcribe la respuesta enviada a este Instituto por el Mtro. Efrén Elías Galaviz, Coordinador de Asesores del Subsecretario de Desarrollo Político de la Secretaría de Gobernación:

“1.- Sobre la sugerencia de realizar un “estudio de los aspectos jurídicos y de todo tipo, para lograr que sea efectivo el derecho a votar a la mayor brevedad de la comunidad mexicana desde el exterior”, la Secretaría de Gobernación, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Político, en cumplimiento de las instrucciones recibidas del Secretario del ramo, ha realizado diversas actividades y propuestas para impulsar el voto de los mexicanos en el extranjero, destacándose las siguientes:

2.- Las propuestas que se están contemplando en la iniciativa de reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), para hacer efectivo el derecho al voto de mexicanos en el extranjero, son las siguientes:

  1. Se votaría por presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual se crearía un supuesto especial, similar a aquél en que alguien vota fuera de su sección, distrito, entidad federativa o circunscripción, en el que alguien simplemente vota fuera del territorio nacional;

  2. De conformidad con nuestro derecho electoral, sólo podrían votar los mexicanos que cuenten con Credencial para Votar expedida por el Registro Federal de Electores;

  3. La modalidad del voto fuera del territorio nacional sería determinada con base a un estudio elaborado por una comisión de expertos.

  4. Subsistiría la prohibición para los partidos de recibir cualquier tipo de financiamiento de personas físicas o morales extranjeras, organismos internacionales y aún de mexicanos que vivan o trabajen en el exterior.

  5. Se prohíbe a los partidos y candidatos a realizar, por sí o por interpósita persona, actos públicos de campaña o difundir su propaganda electoral en medios masivos de comunicación fuera del territorio nacional. Sin embargo, y en la medida en que lo permita el derecho del país de que se trate, podrán realizar eventos, siempre y cuando no se lleven a cabo en vías o plazas públicas; y

  6. Se faculta al Consejo General del Instituto Federal Electoral, por conducto de su presidente, a celebrar convenios con las instituciones del Estado mexicano para llevar a cabo las acciones que sean necesarios a fin de hacer efectivo el voto de mexicanos en el extranjero.

A petición expresa de grupos de migrantes, también se ha estudiado la posibilidad de que puedan votar por la lista nacional de senadores de representación proporcional y de que se realicen campañas de empadronamiento en el extranjero.

3.- En relación a la sugerencia que nos hace para que el estudio incluya aspectos relacionados con “la representación de los migrantes en el Congreso de la Unión, en la Asamblea de Representantes (sic) del Distrito Federal, en el Instituto Federal Electoral, en el Tribunal del Poder Judicial Electoral de la Federación, en los Tribunales Electorales de las Entidades Federativas, así como en tantos organismos gubernamentales relacionados con el voto como sea necesario”, le comento que:

  1. Más que establecerlo como una obligación legal, las organizaciones de migrantes deberían negociar directamente con los partidos políticos sus candidaturas de representación proporcional.

  2. La regulación de la representación en los congresos locales y en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal se debe promover ante ellos mismos. Además, es a ellos a quienes se debe solicitar la realización de estudios y propuestas relativas al tema;

  3. La conformación e integración del IFE, TRIFE o de los órganos electorales estatales, obedece al objetivo de garantizar condiciones de imparcialidad y especialización técnica en su materia y no están relacionadas con la representación de grupos específicos de la sociedad mexicana.”



Atentamente,



Cándido Morales

Director del Instituto de los Mexicanos en el Exterior



 

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