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NOTA INFORMATIVA
Fecha: 24 de octubre del 2003
Asunto: RECOMENDACIÓN DEL CC-IME
I.36/ECON/SHCP
1.- CONVOCAR UNA REUNIÓN CON LAS INSTANCIAS INVOLUCRADAS EN
LA AGILIZACIÓN DEL PROCESO DE DONACIONES A NUESTRO PAÍS.
2.- CREAR VENTANILLA ÚNICA EN MATERIA DE DONACIONES CON LA COLABORACIÓN DEL SAT.
3.- ACREDITAR AL IME ANTE LA LEY COMO DONADOR Y RECEPTOR.
4.- ELABORAR UN ACUERDO ADMINISTRATIVO PARA AGILIZAR TRÁMITES ADUANALES EN MATERIA DE DONACIONES A TRAVÉS DE LA RED CONSULAR.
5.- COORDINAR LA ELABORACIÓN DE MANUAL DE DONACIONES.
6.- SIMPLIFICAR Y CREAR UN FORMATO ÚNICO.
En referencia a la Recomendación del Consejo
Consultivo I.36/ECON/SHCP, en la que se plantea "Convocar una reunión con las instancias involucradas en la agilización del proceso de donaciones a nuestro país. 2.- Crear ventanilla única en materia de donaciones con la colaboración del SAT. 3.- Acreditar al IME ante la ley como donador y receptor. 4.- Elaborar un acuerdo administrativo para agilizar trámites aduanales en materia de donaciones a través de la red consular. 5.- Coordinar la elaboración de manual de donaciones. 6.- Simplificar y crear un formato único, informo que el Lic. José Luis Franco Soto, Administrador General del Servicio de Administración Tributaria, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio 325-SAT-V-17455, de fecha 8 de octubre de 2003, proporcionó la respuesta que a continuación se transcribe:
Donaciones provenientes del extranjero
En lo referente a las facultades de esta Administración General Jurídica se emiten los siguientes comentarios:
| Institución Responsable |
Recomendaciones CC-IME
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Comentarios
Admón. Gral. Jurídica
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SHCP
SAT
Admón. General Jurídica (únicamente en lo que concierne a impuestos al comercio exterior e internos.)
Artículo 61 de la Ley Aduanera.
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1.- Convocar una reunión con las instancias involucradas en la agilización del proceso de donaciones a nuestro país.
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1.- LA SRE puede ser el canal idóneo para convocar a todas las instancias involucradas, ya que, independientemente de la exención del pago de impuestos que corresponde a la SHCP (Administración General Jurídica), así como, la entrada de la mercancía (Administración General de Aduanas), se deben cumplir con Regulaciones y Restricciones No Arancelarias, facultad de las dependencias (Secretaría de Economía, Secretaría de Salud,
SAGARPA, SEMARNAT). |
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2.- Crear ventanilla única en materia de donaciones con la colaboración del SAT. |
2.- Con la adición al artículo 61 de la
Ley
Aduanera, de la fracción XVII, efectivamente se cuenta ya con una ventanilla única que verifica toda la donación, lo anterior, si consideramos que es introducción de mercancía al país y por tanto, se trata de una importación que debe cumplir con requisitos arancelarios y no arancelarios para que el pase ante la aduana sea expedito, ésta ventanilla es la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administración General Jurídica. Sin embargo, cabe la opción de ingresar la solicitud de donación de exención de pago de impuestos ante las Administraciones Locales, en cuyo caso, los beneficiarios tendrán que verificar por cuenta propia los demás requisitos de la importación. |
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3.- Acreditar al IME ante la ley como donador y receptor. |
3.- El IME como órgano desconcentrado del Gobierno Federal cuenta con autorización para recibir donaciones, siempre que se acredite que tributan como personas morales no contribuyentes o con fines no lucrativos. Ahora bien, en el caso de donante será, al momento que certifique la calidad de extranjero o la residencia en el extranjero.
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4.- Elaborar un acuerdo administrativo para agilizar trámites aduanales en materia de donaciones a través de la red consular. |
4.- Será necesaria la participación de las distintas autoridades involucradas facultadas para ello. (Lo que se puede verificar en la reunión de la que se habló en la primera recomendación.)
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5.- Coordinar la elaboración de manual de donaciones.
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5.- Por lo que se refiere a esta administración General Jurídica y sus actividades, ya se cuenta con la
Guía para recibir donativos en el extranjero.
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6.- Simplificar y crear un formato único. |
6.- Será necesaria la participación de las distintas autoridades involucradas facultadas para ello. (Lo que se puede verificar en la reunión de la que se habló en la primera recomendación.) |
Atentamente,
Cándido Morales Rosas
Director del Instituto de los Mexicanos en el Exterior
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