NOTA INFORMATIVA

Fecha:    18 de septiembre del 2003

Asunto:     RECOMENDACIÓN DEL CC-IME I.73/POL/S.R.E. (DGPAC-IME), “1. REFORZAR LA COOPERACIÓN CON AUTORIDADES DE MIGRACIÓN EN BENEFICIO DE LOS DETENIDOS Y DEPORTADOS MEXICANOS. 2. TENER EN EL PORTAL DEL IME INFORMACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LOS MIGRANTES.”


En referencia a la Recomendación del Consejo Consultivo, número I.73/POL/S.R.E.(DGPAC), en la que se plantea, “1. Reforzar la cooperación con autoridades de migración en beneficio de los detenidos y deportados mexicanos. 2. Tener en el portal del IME información sobre los derechos de los migrantes”, informo lo siguiente:

1. En cuanto al apartado “Reforzar la cooperación con autoridades de migración en beneficio de los detenidos y deportados mexicanos”, informo que Juan Miguel Gutiérrez Tinoco, Encargado de la Dirección General de Protección y Asuntos Consulares de la S.R.E., mediante oficio PAC 4204607, de fecha 6 de agosto de 2003, señaló:

“En 1993, en el marco de la III Reunión del Grupo de Alto Nivel sobre Violencia Fronteriza México-Estados Unidos, ambos Gobiernos decidieron instrumentar la creación de foros especializados para atender las necesidades y problemática particulares de diferentes puntos fronterizos. Así se formaron los Mecanismos de Enlace Fronterizo (MEF) a lo largo de la frontera entre estos dos países, los cuales están conformados por autoridades de ambas naciones a nivel federal, estatal y local.”

“El principal objetivo es promover la coordinación de acciones entre los gobiernos federales, estatales y locales de ambos países y asegurar que los asuntos locales en cada punto fronterizo se aborden desde la perspectiva de quienes, al radicar en la frontera, tienen la mejor perspectiva de los problemas. Este esquema permite que las propias comunidades fronterizas influyan directamente en las políticas públicas federales sobre asuntos fronterizos. Adicionalmente, permite resolver, in situ, una diversidad de problemas y asuntos fronterizos que antes requerían de la intervención y decisión de autoridades asentadas en Washington y México, D.F. Los cónsules de México y de Estados Unidos en cada lugar fronterizo encabezan los mecanismos.”

“Actualmente el Mecanismo de Enlace Fronterizo se encuentra instalado en 10 sedes a lo largo de la frontera y se han celebrado un total de 196 reuniones plenarias alternadas en México y Estados Unidos desde diciembre de 1993.”

“Los Mecanismos de Enlace Fronterizo se han constituido en un foro institucionalizado de diálogo y entendimiento entre autoridades de los tres niveles de gobierno en ambos países, alcanzando una mayor cooperación en materia jurídica y administrativa.”

“Al año se realizan reuniones plenarias dentro de los 10 Mecanismos de Enlace establecidos en la frontera de México con los Estados Unidos. Entre los logros más importantes en los últimos periodos en materia de cooperación y coordinación entre las autoridades de ambos países, destaca lo relativo a la seguridad fronteriza (la agilización de cruces en los puertos de entrada tanto de personas como de bienes) y la prevención de riesgos para migrantes.”

“En cumplimiento de los compromisos de México con la iniciativa de Seguridad Fronteriza y el Plan de Acción México-EUA contra violencia fronteriza establecidos en junio de 2001, nuestras Representaciones Consulares se han abocado a la tarea de coadyuvar al fortalecimiento de los grupos dedicados a atención, orientación y salvamento de migrantes en la frontera, así como a afianzar y ampliar los mecanismos de combate al tráfico ilegal de personas y fortalecer la cooperación entre las autoridades federales de México y los Estados Unidos en la frontera”.

“En cuanto a lo que hace al rubro específico de detenidos y deportados, destaca la red de 300 abogados consultores del gobierno de México, de los cuales 284 colaboran directamente con los consulados en Estados Unidos, mismos que brindan sus servicios de forma gratuita.”

“Los especialistas apoyan a los consulados en casos de protección a mexicanos en los ámbitos penal, laboral, migratorio, civil y de defensa de derechos civiles.”

“También merece mención en este rubro, el Programa de Asesorías Legales Externas para Mexicanos en EU, que tiene como una de sus labores principales la de brindar protección a los mexicanos que radican o se encuentran en tránsito por ese país. Uno de los elementos fundamentales de esa labor de protección es el de proporcionar orientación, asesoría y, en algunos casos, facilitar la representación legal a nuestros connacionales en varios ámbitos: derechos humanos, migratorio, laboral, penal, civil y administrativo, con el fin de lograr una mejor defensa que se puede traducir en la obtención de la libertad, mejores indemnizaciones en caso de accidentes, respeto a sus derechos humanos y beneficios en materia migratoria para mejorar sus condiciones de vida en su estancia en EU.”

“En el año 2001 fue autorizado un monto de $400,000.00, con lo cual se firmaron 89 contratos y se atendieron aproximadamente 12,997 casos de mexicanos."

“Durante el 2002 se asigno un fondo de $1,000,000 de dólares, y se firmaron 120 contratos.”

“Por último, cabe destacar que las oficinas consulares de México en los Estados Unidos otorgan asistencia a las personas detenidas en calidad de testigos de cargo a efecto de darles a conocer sus derechos y obligaciones.”

“Actualmente, existen programas que benefician a los connacionales detenidos en esta calidad que se encuentren en las circunscripciones de los consulados en Albuquerque, San Antonio, El Paso y Laredo.”

“Los connacionales que son seleccionados dentro de un grupo de detenidos, para comparecer en los procesos que se siguen en contra de los presuntos responsables en diversos delitos, como tráfico de personas, se benefician con la implementación de estos programas, evitando largos periodos de detención mientras duran los juicios en los que intervienen, entre otros beneficios.”

Con respecto al programa para trasladar a los connacionales que ingresen al territorio estadounidense de forma indocumentada por el sector Tucson, a los sectores de McAllen, Del Río, Laredo y El Paso, para proceder a su repatriación, iniciado por las autoridades migratorias estadounidenses el 8 de septiembre, se hacen las siguientes puntualizaciones:

  1. El gobierno de México, a través de las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, ha manifestado a las autoridades migratorias estadounidenses su desacuerdo con un programa de carácter unilateral, en virtud de que se considera indispensable una revisión integral a los acuerdos vigentes en materia de repatriación antes del inicio de cualquier programa de esta naturaleza que por sus características requiere de la coordinación bilateral.

  2. En concordancia con esta posición, fue propuesta, en su momento, la integración de un Grupo de Trabajo de alto nivel que analice los mecanismos de repatriación vigentes, a efecto de actualizarlos y asegurar que estos cumplan con los criterios de seguridad, orden y observancia de los derechos de los migrantes que deben prevalecer en las repatriaciones. Para el Gobierno de México, este punto reviste especial importancia a la luz de la reorganización de diversas agencias del Gobierno de Estados Unidos, bajo la coordinación del Departmento de Seguridad Interna de ese país. Las autoridades migratorias estadounidenses y el Gobierno de México se han comprometido a entregar las recomendaciones del caso a más tardar en la próxima reunión de la Comisión Binacional que se reunirá en Washington, D.C., en el mes de noviembre.

  3. Paralelamente, desde entonces, las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores giraron instrucciones a las delegaciones del Instituto Nacional de Migración y a los Consulados para que, en el ámbito de su competencia, se tomen todas las acciones necesarias a fin de asegurar la observancia de los derechos de los migrantes y hacer cumplir los siguientes criterios de repatriación: a. que los traslados se realicen en condiciones seguras y con pleno respeto a los derechos humanos de los migrantes; b. verificar la nacionalidad de los repatriados; c. repatriar, en forma individual, únicamente a mayores de 18 años; d. repatriar a todos los migrantes de una familia en un mismo evento; e. gozar de buen estado de salud y no trasladar a las nacionales mexicanas que se encuentren en estado de gravidez; f. notificar oportunamente al Consulado de México correspondiente sobre la detención de connacionales y previo al evento de una deportación, entregar al consulado las listas de los nacionales mexicanos que serán repatriados, y g. coordinar adecuadamente las repatriaciones de grupos de connacionales definiendo horarios y frecuencia de las mismas.

  4. Desde el día del inicio del programa, por instrucciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Consulado de México en Phoenix reiteró por escrito a las autoridades de la Patrulla Fronteriza en el sector, la exigencia del Gobierno de México de respetar los criterios de repatriación descritos en el punto anterior, así como la eliminación del uso de esposas y mecanismos similares durante los traslados.

  5. Después de una evaluación inicial del programa, el 12 de septiembre pasado el Gobierno de México, a través de las secretarías de Relaciones Exteriores y de Gobernación, envió una carta al Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos, en la cual expresa puntualmente una queja sobre las irregularidades detectadas por la red consular en la instrumentación del programa y se enfatiza la necesidad de fortalecer el diálogo bilateral en este tema.

  6. Las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores realizan todas las acciones necesarias para evitar que el citado programa continúe y se lleve a cabo la revisión integral de los mecanismos de repatriación, como fue inicialmente planteado por el Gobierno de México, a efecto de contar con un convenio marco actualizado, en el ánimo de cooperación que debe observarse en nuestra compleja agenda fronteriza.

2. En cuanto al apartado “Tener en el portal del IME información sobre los derechos de los migrantes”, el Lic. Alfonso de María y Campos, Director General para América del Norte de la S.R.E., mediante oficio DAN-NI.468, de fecha 24 de julio de 2003, señaló lo siguiente:

“La Subsecretaría de América del Norte a través de sus Direcciones Generales provee a la DG del IME información para su difusión en el portal.”

“Se sugiere que adicionalmente en dicho portal exista una liga con el Programa Paisano que busca ser una herramienta oportuna, especialmente en temporadas vacacionales.”

“Se sugiere también difundir por ese medio las medidas de control migratorio implementadas por el Gobierno de los Estados Unidos.

“Se sugiere informar sobre las instancias mexicanas que pueden ayudar a migrantes en casos de emergencia”.

El IME ha tomado debida nota de estas sugerencias y ha procedido a trabajar en la creación de un sitio especial en su portal, en donde se difundirá información relevante para los migrantes en Estados Unidos, entre la que destaca la siguiente:

1. El estudio “Protección de los trabajadores agrícolas migratorios en Canadá, EUA y México”, mismo que puede consultarse vía electrónica en http://www.naalc.org/spanish/publications/sum_infoworkers.htm.

2. Información sobre la puesta en marcha de un programa del Departamento de trabajo de Estados Unidos para proteger los derechos laborales de los trabajadores migratorios, en cumplimiento de compromisos ministeriales con la Secretaría de Tranbajo y Previsión Social. Dicho programa cuenta con la participación de consulados mexicanos y puede consultarse en la página http://stps.gob.mx/06_com_social/boletines/junio_03/081-17jun.htm

3. Información respecto a las acciones que acordaron los Gobiernos de México y Estados Unidos en beneficio de trabajadores migratorios, en la cual se incluye un número telefónico gratuito en EUA de la Oficina de Horas y Salarios y la dirección electrónica de la página de internet en español de la Oficina de Seguridad y Salud Ocupacionales, ambas del Departamento de Trabajo en Estados Unidos. En éstos, los trabajadores migratorios mexicanos pueden obtener información sobre sus derechos en materia de horas de trabajo, salarios, y seguridad y salud ocupacionales, así como los recursos a su alcance en caso de que tales derechos no sean respetados. La dirección electrónica es la siguiente: http://www.stps.gob.mx/06_com_social/boletines/agosto_03/116-27-ago.htm

Finalmente, se está a la espera de que el Secretariado Laboral, oficina trinacional del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte, concluya en noviembre de este año las Guías sobre derechos laborales de los trabajadores migratorios en América del Norte, para su publicación en el portal del IME.

Atentamente,

Cándido Morales Rosas
Director del Instituto de los Mexicanos en el Exterior