NOTA INFORMATIVA

Fecha: 24 de octubre del 2003

Asunto:  RECOMENDACIÓN DEL CC-IME I.89/LEG/SRE (IME), “ANALIZAR LOS LINEAMIENTOS DEL CC-IME”.


En referencia a la Recomendación del Consejo Consultivo número I.89/LEG/SRE (IME), en la que se plantea “Analizar los lineamientos del CCIME”, informo que el documento “Lineamientos Operativos del Consejo Consultivo del Instituto de los Mexicanos en el Exterior”, será sometido a la consideración de los miembros de dicho Consejo, durante su II Reunión Ordinaria, a celebrarse el viernes 7 y sábado 8 de noviembre próximos.

El documento es producto de una serie de reuniones de trabajo sostenidas a lo largo de los últimos seis meses, entre funcionarios del IME y miembros del “Comité Especial de Revisión de Lineamientos”. 

Cabe recordar que durante la reunión de clausura de la Primera Reunión Ordinaria del CCIME, se acordó crear dicho Comité a fin de revisar la propuesta de lineamientos presentada en aquella ocasión por la Cancillería. Por acuerdo del Pleno, el Comité quedó integrado por los coordinadores de las 6 Comisiones que integran al CCIME, electos democráticamente por sus pares, así como por los miembros de la Comisión de Asuntos Legales.

A juicio del suscrito, la propuesta de Lineamientos en referencia, aparte de considerar las necesidades de la Cancillería como institución convocante, toma debidamente en cuenta las principales preocupaciones expresadas por muchos de los Consejeros Electos, sobre la manera óptima como el Consejo Consultivo debe operar. 

En tal sentido, considero que esta nueva versión, enriquecida por las observaciones de los propios consejeros cuyo trabajo habrá de normar, fortalece la capacidad del Consejo para cumplir con su principal mandato: darle voz a los migrantes y a sus descendientes en el proceso de formulación de políticas públicas del Gobierno de México.

La propuesta de nuevos lineamientos será sometida a la aprobación de los Consejeros, en una votación por mayoría simple, el viernes 7 de noviembre por la mañana. Cabe señalar que, por acuerdo entre el Comité Especial de Revisión de Lineamientos y el IME, se consideró que este documento debe ser aprobado o rechazado en su totalidad, de manera que sus cláusulas, no puedan someterse a votación en lo individual. 

Lo anterior obedece a la necesidad de: 1) contar con una serie de normas que sirvan como punto de partida claro y preciso; 2) darle continuidad a los trabajos y 3) mantener el equilibrio en el proceso de negociación que está detrás de la propuesta de Lineamientos. 

De ser aprobados, los propios lineamientos contemplan mecanismos para su futura modificación por cláusulas específicas.

En comparación con la propuesta de Lineamientos presentada en la Primera Reunión Ordinaria del CCIME (marzo 20-21), esta segunda versión aporta, entre otros, los siguientes elementos novedosos:

  • Establece un límite 12 de Asesores Especiales y 12 Organizaciones Latinas Nacionales que puedan formar parte del CCIME por invitación directa de la Cancillería.

  • Precisa las funciones de la Secretaría Técnica del CCIME, de los Consejeros electos, de los Representantes de los gobiernos estatales, de los Asesores especiales y de los Representantes de las organizaciones latinas nacionales.

  • Establece que los Consejeros electos y los Representantes de las organizaciones latinas nacionales tendrán derecho a voz y voto en el trabajo por Comisiones, mientras que los representantes de los gobiernos estatales y los Asesores especiales tendrán derecho a voz. Solamente los Consejeros electos podrán fungir como coordinadores.

  • Crea una Mesa Directiva del CCIME, integrada por los Coordinadores de las Comisiones, a fin de facilitar mecanismos institucionales de consulta e intercambio de información entre el IME y un grupo representativo del Consejo.

  • Establece que las recomendaciones del CCIME, el principal producto de su trabajo, deben ser adoptadas por el voto favorable de dos terceras partes de los miembros de la Comisión que las formule.

  • Protege el derecho de las minorías a manifestar opiniones particulares o reservas con respecto a las recomendaciones adoptadas por las Comisiones, en el entendido de que éstas serán igualmente publicadas.

  • Marca un procedimiento claro de renovación para los miembros del Consejo Consultivo, en periodos de tres años. De acuerdo con esta propuesta, la primera renovación del CCIME se llevaría a cabo en diciembre del 2005, de manera que los nuevos Consejeros entrarían en funciones a partir de la I Reunión Ordinaria del 2006.

  • Establece un grupo de 12 Consejeros de Transición, quienes permanecerán un año más luego de que finalice su periodo de 3 años, a fin de propiciar la continuidad de los trabajos en el próximo Consejo Consultivo.

  • Crea un Comité Especial de Elecciones, que se encargará de establecer las reglas del siguiente proceso de renovación mediante elecciones por circunscripción consular.

  • Define con precisión los causales de baja del CCIME e instituye un Comité de Honor y Justicia, encargado de analizar cualquier situación que en tal sentido se pudiera presentar.

  • Instituye un Comité Especial de Revisión de Lineamientos, responsable de someter a consideración del Pleno las modificaciones que año con año se consideren pertinentes.

  • Abre la posibilidad de incorporar al CCIME, de manera paulatina y proporcional, a los representantes de las comunidades de mexicanos residentes en otros países aparte de Estados Unidos.

Atentamente,

Cándido Morales Rosas
Director del Instituto de los Mexicanos en el Exterior