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VII
REUNIÓN ORDINARIA DEL CCIME
CIUDAD
DE MÉXICO
30 de
marzo de 2006
Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información.
Ponente: Juan Pablo Guerrero
Ricardo Guerra
(moderador). Comenta sobre la creación del IFAI en esta Administración
y presenta a Juan Pablo Guerrero que es uno de los cinco Comisionados
de dicha institución, los cuales fueron nombrados por el Presidente de
la República con base en un comprobado prestigio profesional y ético
en la transparencia de la información pública.
Juan
Pablo Guerrero (JPG).-
Agradece
la invitación formulada por el IME, comenta que será breve, sobre todo
para conocer las interrogantes que los Consejeros del IME tengan sobre
el IFAI y sus funciones.
Comenta
que hoy en día se puede conocer cuánto gana un funcionario, cuál es el
gasto federal, con cuánto contribuye el gobierno a organismos
internacionales como la ONU, la OEA, etc. Hoy se puede conocer sobre
el asunto del FOBAPROA/IPAB, el expediente del PEMEXGATE, la lista de
beneficiarios de subsidios para estudiar en el extranjero,
autorizaciones, concesiones para los medios de comunicación y muy
diversos tópicos de los cuales antes no se tenía conocimiento a través
de la información oficial.
Otro
ejemplo es qué se ha regalado al Presidente Vicente Fox o a la Primera
Dama, esto era impensable hasta hace algunos años. Hoy en día, la ley
obliga al gobierno a hacer públicos los expedientes en la forma en que
está definida en la ley. Si el ciudadano considera que no se le ha
atendido puede quejarse y existen sanciones para aquellos servidores
públicos que no atendieron una recomendación específica.
Guerrero
comenta que ya en la Constitución de la República existía una norma
respecto a la libertad de acceso a la información, la ley del IFAI lo
que hace es reglamentar el artículo constitucional para hacer efectivo
este derecho. La ley también obliga a los órganos autónomos como las
Universidades, el IFE, el Banco de México, la Comisión Nacional de
Derechos Humanos, entre otros.
Están
obligadas alrededor de 250 agencias gubernamentales y casi tres
millones de servidores públicos. La ley del IFAI sólo obliga al
Ejecutivo Federal y sus dependencias. Para el caso de los otros
poderes cada uno de ellos deberá tener su propio órgano de
fiscalización.
Para
hacer una consulta al IFAI no se requiere ser ciudadano mexicano,
vivir en México o tener mayoría de edad, esto lo distingue de la ley
similar en los Estados Unidos (Free and Information Act). Basta
que se presenten tres condiciones:
a) el
solicitante no está obligado a presentar ninguna identificación al
solicitar la información, lo que evita la intimidación por parte de
las instituciones requeridas; b) establece un sistema de solicitudes
por Internet sin distinguir el nombre del solicitante y sin determinar
si está en México o si es ciudadano de otro país; c) el gobierno está
obligado a contestar en 20 días (positiva ficta) y si su
respuesta no satisface existe la queja (para el caso de la ley en
Estados Unidos interviene un juez, mientras que en México son los
Comisionados los que deciden sobre la oportunidad de la respuesta a
darse).
La ley
establece que el IFAI discute el caso y resuelve por mayoría de votos.
La queja puede ser interpuesta por Internet. Por poner un ejemplo, la
S.R.E. puede decir que cierta información está clasificada, pero el
ciudadano común se puede quejar y la institución está obligada a
contestar en un tiempo perentorio.
Guerrero
comenta que ha habido amparos y hasta intentos de cambiar la ley. El
particular puede recurrir ante el Poder Judicial con base en las
resoluciones del IFAI.
Existen,
desde luego, algunas limitantes: Se protegen los datos personales como
ejemplo los expediente médicos, subsidios, etc., esto es, al IFAI no
se le puede pedir saber cuánto paga de impuestos el vecino, ya que
existe el secreto fiscal en México para este caso o para las
cuestiones de seguridad.
Otro caso
controlado es el de los médicos y del cuidado de enfermos, por la
necesaria confidencialidad de los datos.
¿Quién ha
utilizado la ley?, alrededor de 130 mil solicitudes se han hecho al
IFAI, concentradas en el Distrito Federal, por aquellos que tienen un
promedio de educación y nivel de ingreso por encima de la media
nacional.
El motivo
de mi presencia es animarlos a ustedes o a sus familiares para
utilizar esta herramienta y que contribuya a mejorar sus niveles de
vida. La meta es darle mayor poder a la sociedad para que ésta mejore
su relación con los poderes del Estado.
¡Muchas
Gracias!
Preguntas y Respuestas
Francisco Moreno
(Los .Ángeles).- A nivel estatal, ¿cómo se maneja el Presidente
Municipal, cuánto gana y formas de comprobar si existen recursos en el
municipio para solventar las necesidades de su población?.
JPG.-
Malas noticias, hay varios estados que no tienen ley de transparencia
(caso de Michoacán) y otros como el Distrito Federal que han puesto
dificultades para que opere su propia ley local. Hay casos extremos
como Quintana Roo que sólo aquel que es nacido y residiendo
actualmente en su territorio puede hacer consultas. En otros el
proceso no está regulado por una autoridad, lo que deja al libre
albedrío de la institución consultada la entrega de la información.
Guerrero
explica que al ser México una federación todos los estados tienen su
propia soberanía, así estados como Guerrero, Oaxaca, Tabasco e Hidalgo
han evitado dar mayores oportunidades de información a sus
poblaciones.
Fabián
Morales
(Chicago).- ¿Qué posibilidades hay de aplicar la ley a todos por
igual?.
JPG.-
La ley debería ser una sola e igual para todos, aunque esto tendría
dificultades con los gobernadores, por ello es que el IFAI sólo tiene
competencia para los servidores públicos federales.
Gregorio Luke
(Los Ángeles).- Si la ley también aplica para todos aquellos estudios
e investigaciones que se hacen sobre diversos tópicos, caso de los
braceros.
JPG.-
Sí aplica, es el caso del Archivo Histórico de la S.R.E. que puede ser
consultado por cualquier persona previa solicitud.
Alicia
Limón
(Mc Allen).- Hay paisanos que solicitan información para establecer
una demanda contra una institución, ¿cuál es el camino a seguir?
JPG.-
El acceso sólo se tiene para documentos del gobierno federal. El IFAI
capacita a los ciudadanos para que se hagan promotores de la
transparencia. La información es gratis pero no la reproducción y el
envío, por tanto sí hay que pagar por las copias y por el envío. Hay
también formatos electrónicos que es más fácil acceder y que no cuesta
su obtención.
Rosa
María Ramos.-
Quisiera que me diera un ejemplo de cómo me beneficia a mí el IFAI, a
nosotros que vivimos en los Estados Unidos.
JPG.-
Por la simple rendición de cuentas (accountability), para la
obtención de datos personales. Le pongo un ejemplo: la madre de un
militar solicitó el expediente de su hijo para conocer alguna
enfermedad que tuviera. El IFAI resolvió y con ello la madre reclamó
para obtener una indemnización. Otro dato es que los contratos de
fideicomiso y la información sobre los bancos es confidencial. En caso
de que se dieran datos confidenciales sí se constituye en un delito.
Pero en
el caso de una institución como la Secretaría de Hacienda sí puede dar
la información. El secreto consiste a quien tocar la puerta para
solicitarla.
Otro
ejemplo que le puedo dar es el destino de los recursos para los
enfermos de sida. Los hospitales no estaban canalizando los recursos
para las campañas y con la nueva ley del IFAI se les pudo obligar a
entregarlos.
Carlos
Medina
(Vancouver).- Solicita que la información sea práctica para que los
que viven en el extranjero puedan obtenerla fácilmente. ¿Cómo
aplicarlo para los residentes en Canadá?
JPG.-
Desconozco las necesidades específicas de nuestros paisanos en Canadá,
pero subrayo que esto sirve a quien se sienta afectado por las
políticas del gobierno federal.
El acceso
a la información requiere de condiciones para que sea útil, por ello
lo importante es saber exactamente qué es lo que se quiere y para qué
nos va a servir la información.
Alonso
Flores
(Las Vegas).- Comenta que los mexicanos en el exterior ya no creen en
las autoridades, esto que Usted comenta es un arma para que los
mexicanos sigan creyendo en las instituciones. Para el caso de
difamación y que esto afecte la imagen de una persona y que después
resulta que no era cierto. ¿Cómo se da a conocer que la información
dada era falsa?
JPG.-
La ley ha servido para reestablecer los lazos de confianza entre la
ciudadanía. Sobre el ejemplo de la difamación, un buen usuario de la
ley sí va a utilizar correctamente las atribuciones que le brinda.
Guerrero comenta que la obtención legal de la información reduce las
llamadas “filtraciones” de información, así como las instituciones se
ven obligadas a distinguir entre información clasificada y aquella que
no lo es. Con ello se evita la discrecionalidad de las decisiones,
caso de la PGR.
Antonio Cortés.-
JPG gana mil dólares a la semana, ¿quién verifica la información
proporcionada?.
JPG.-
Ese es un reto. Al inicio del IFAI se dio una primera verificación de
toda la información y se clasificó con una escala del uno al diez.
Algunas instituciones se clasificaron con 9, otras con 8, con 6, con
3, etc. Cuando eso ocurrió las instituciones se dieron a la tarea de
mejorar su imagen, ya que estaban siendo exhibidas al dar a conocer
públicamente la información.
Andrés
Peña
(Houston).- ¿Cómo comunicarse contigo? Y si pueden ayudar a una
persona que está en la cárcel.
JPG.-
Habrá que estudiar cada caso en particular. Por lo pronto les dejo la
pagina del IFAI que es:
www.ifai.org.mx y el correo electrónico de su servidor es el
siguiente:
juanpablo.guerrero@ifai.org.mx
¡Muchas
Gracias a todos ¡
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