X REUNIÓN CCIME
COMISIÓN DE ASUNTOS DE SALUD
Organización de los trabajos y recomendaciones:
La Comisión de Salud trabajó sobre los proyectos de trabajo de cada uno de los consejeros que la integran así como de los panelistas de la Secretaría de Salud, del IMSS y del gobierno del estado de Morelos, que fueron invitados.
A partir de cada uno de ellos se inició el intercambio de ideas y surgieron diversas recomendaciones:
Fecha: 3 de abril de 2008
Asunto: Recomendación X/19/SAL/SSA.- “Que las cartillas de salud, que ya están
funcionando a nivel nacional en México puedan ser consultadas vía Internet en
Estados Unidos y se homologuen con los sistemas de salud en Estados Unidos”.
En relación a la
Recomendación del Consejo Consultivo número X/19/SAL/SSA, se informa lo
siguiente:
La Dirección General de Relaciones Internacionales de la Secretaría de Salud
mediante oficio No. DGRI0766/2008 señala que: “desde el 24 de diciembre del año
2002, se estableció el Sistema de Cartillas Nacionales de Salud (SICANSA), el
cual está integrado por cuatro cartillas de salud: Cartilla Nacional de
Vacunación, Cartillas Nacionales de la Mujer y del Hombre y la Cartilla Nacional
del Adulto Mayor. Dichas cartillas se encuentran disponibles en la página de
Internet de la Secretaría de Salud y de la Dirección General de Promoción de la
Salud: www.salud.gob.mx www.promocion.salud.gob.mx
“
Atentamente,
Cándido Morales
Director del Instituto de los Mexicanos en el Exterior
Fecha: 3 de abril de 2008
Asunto: RECOMENDACIÓN X/20/SAL/SSA.- “Que en el corto plazo el Seguro Popular,
previa revisión de procedimientos acordes a las características de la población
migrante, pueda ser instrumento de seguridad social para la población mexicana
radicada en los Estados Unidos.”
En relación a la Recomendación
del Consejo Consultivo número X/20/SAL/SSA, se informa lo siguiente:
La Dirección General de Relaciones Internacionales de la Secretaría de Salud
mediante oficio No. DGRI0766/2008 señala que: “La Comisión Nacional de
Protección Social en Salud tiene como obligación con base al Programa Nacional
de Salud 2007-2012 en su estrategia 4, línea 9 ‘Promover la afiliación de
familias de migrantes al Seguro Popular de Salud, aprovechando las ventanillas
de salud en consulados y embajadas de los Estados Unidos’. Por lo anterior me
permito comentar que la Comisión en comento está realizando ante las instancias
correspondientes, las gestiones necesarias para iniciar la difusión del Seguro
Popular en los Estados Unidos”.
Atentamente,
Cándido Morales
Director del Instituto de los Mexicanos en el Exterior
Fecha: 3 de abril de 2008
Asunto: RECOMENDACIÓN X/21/SAL/SSA/SAT.-”Que se solicite ante la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público agilizar los trámites para la internación de
donativos médicos a territorio nacional”
En referencia a la Recomendación
del Consejo Consultivo número X/21/SAL/SSA/SAT, se informa lo siguiente:
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante oficio
600-05-05-02-2008-00080817, señala que: “Con fundamento en los artículos 9
fracción XI, 10 fracción I, en relación con el 23, apartado E, del Reglamento
Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, me permito informarle los
requisitos y trámites para la autorización de donaciones de mercancía de
procedencia extranjera a favor del Fisco Federal, de conformidad con el artículo
61, fracción XVII y ultimo párrafo de la Ley Aduanera, en relación con los
numerales 2.9.7 y 2.9.8 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio
Exterior para 2007.
Para los efectos de este artículo no se pagarán los impuestos al comercio
exterior por la entrada al territorio nacional de las mercancías donadas al
Fisco Federal con el propósito de que sean destinadas al Distrito Federal,
estados, municipios, incluso sus órganos desconcentrados, organismos
descentralizados o demás personas morales con fines no lucrativos autorizadas
para recibir donativos deducibles para efectos del impuesto sobre la Renta, que
en su caso expresamente señale el donante, para la atención de requerimientos
básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda, educación
y protección civil o de salud de las personas, sectores o regiones de escasos
recursos.
Y se estará al siguiente procedimiento:
1.Llenado por cuadruplicado de la forma oficial denominada “ Declaración de
mercancías donadas al Fisco Federal conforme al artículo 61, fracción XVII de la
Ley Aduanera y su Anexo 1”, conteniendo cada una firma autógrafa de donante y
beneficiario. Dicha forma es de libre reproducción y podrá obtenerse accesando a
la página de internet del SAT www.sat.gob.mx, en el Vínculo “Terceros
Autorizados”, “Donatarias y Donaciones”, “Donaciones del Extranjero”.
2. Acompañada de:
• Documento que acredite la personalidad del representante legal de la
beneficiaria, acompañado con identificación oficial con fotografía.
• Descripción a detalle de la mercancía, adjuntando todos los elementos que
puedan auxiliar para su identificación, tales como catálogos, fotografías,
incluyendo medida y material de la que está compuesta la misma.
• Cuando se done equipo e insumos médicos, deberá presentar escrito del
beneficiario en el que especifique los establecimientos a los que irán
destinados los productos, adjuntando copia de la Licencia Sanitaria o Aviso de
Funcionamiento de acuerdo al servicio que proporcionan, del Aviso de Responsable
Sanitario y de la Cédula Profesional del médico responsable.
No omito señalar lo que establece el último párrafo, numeral 3 de la Regla 2.9.7
de Carácter General en Materia de Comercio Exterior:
“No podrán donarse conforme a lo previsto en el articulo 61, fracción XVII y
último párrafo de la Ley Aduanera, las mercancías siguientes:
a) Las que al momento de iniciarse el tramite a que se refiere esta regla, ya se
encuentren en territorio nacional.
b) Cuando el donante y el destinatario final sean la misma persona.
c) Cuando el donante sea residente en territorio nacional.
d) Las que se encuentren sujetas a cuotas compensatorias”
La importación de la mercancía conforme a este procedimiento no requiere de
pedimento, ni de los servicios de agente aduanal y es gratuito.
El formato y sus anexos deberán remitirse en original a:
Administración General Jurídica
Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal
Av. Reforma No.37, módulo VI, P.B., Col Guerrero
Delegación Cuauhtémoc, México D.F., 06300.
Es indispensable que anexe Licencia Sanitaria o Aviso de Funcionamiento del
hospital y/o clínica que vaya a hacer uso del donativo médico de acuerdo al
servicio que proporciona, Aviso de Responsable Sanitario y de la Cédula
Profesional del médico responsable, ya que por tratarse de este tipo de
mercancía, se encuentra sujeta al cumplimiento de regulaciones y restricciones
no arancelarias (permisos) por lo que se debe realizar la consulta a la
Secretaría de Salud, para que nos proporcione el Permiso de Importación
correspondiente, ya que de su resolución favorable o no, dependerá que se dé la
autorización o en su caso, la negativa de la solicitud. Este trámite tarda
aproximadamente una semana.
Una vez que se cuenta con la respuesta positiva por parte de la Secretaría de
Salud se elabora un oficio de autorización correspondiente. Se estima que el
trámite dura 3 semanas aproximadamente, si cumple con los requisitos
mencionados.
De requerir mayor información nos ponemos a sus ordenes en los teléfonos,
01(55)58021335, 58021328 o vía correo electrónico,
luisa.gonzalez@sat.gob.mx
ivonne.palafox@sat.gob.mx “
Por su parte, la Dirección General de Relaciones Internacionales de la
Secretaría de Salud mediante oficio No. DGRI0766/2008 señala que: “Respecto a la
agilización de los trámites ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público me
permito informar que estos tendrán que llevarse en tiempo y forma que la misma
Secretaría estipula. No obstante en lo que concierne a la internación de
donativos médicos a territorio nacional, me permito comentar que la mercancía
deberá estar incluida en el “Acuerdo que establece la clasificación y
codificación de mercancías y productos cuya importación, exportación,
internación salida está sujeta a regulación sanitaria por parte de la Secretaría
de Salud”, el cual deberá dar cumplimiento a la regulación o restricción
arancelaria que corresponda, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de
Salud, se consideran productos de importación considerados de alto riesgo
sanitario de los cuales es importante conocer la legal y sanitaria fabricación
del producto en el país de origen y/o procedencia, en un establecimiento
autorizado y avalado a través de las Certificaciones de la autoridad sanitaria
del país de origen.
Así mismo, es atribución de esta Secretaría dar la autorización sanitaria para
la importación de los medicamentos y sus materias primas, equipos médicos,
prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso
odontológico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos que
determine el Secretario”.
Atentamente,
Cándido Morales
Director del Instituto de los Mexicanos en el Exterior
Fecha: 3 de abril de 2008
Asunto: RECOMENDACIÓN X/22/SAL/SSA/SRE-IME.- “Que los contenidos del Programa
Vete Sano Regresa Sano, sean revisados para definir cuales son culturalmente
apropiados para las comunidades mexicanas radicadas en Estados Unidos y pueda
instrumentarse un programa de difusión masiva a través del programa Ventanillas
de Salud.”
EEn relación a la Recomendación del Consejo
Consultivo número X/22/SAL/SSA/SRE-IME, se informa lo siguiente:
La Dirección General de Relaciones Internacionales de la Secretaría de Salud
mediante oficio No. DGRI0766/2008 señala que: “La misión de Programa Vete Sano
Regresa Sano es la de reducir la vulnerabilidad de los migrantes a través de
acciones de promoción y prevención de la salud, aplicados en los sitios de
origen, tránsito y destino dentro de territorio nacional, abordando el control
de los determinantes de la salud de la población migrante y su familia.
Cabe destacar que este Programa no contempla revisar las características
culturales y de salud de las comunidades mexicanas radicadas en los Estados
Unidos, sin embargo con el material promocional el “ABC de la Salud del Programa
Vete Sano regresa Sano” podría incidir en el mejoramiento de las condiciones de
salud dentro de los cuales se contemplan efectos en la salud derivados de la
migración.”
Atentamente,
Cándido Morales
Director del Instituto de los Mexicanos en el Exterior
Fecha: 3 de abril de 2008
Asunto: RECOMENDACION X/23/SAL/SSA/SRE-IME-CCIME.- “Que se establezcan vínculos
estrechos con las diferentes instituciones de sector salud y con los consejeros
de la comisión de salud para establecer programas binacionales, aprovechando los
recursos ya existentes.”
En relación a la Recomendación del Consejo
Consultivo número X/23/SAL/SSA/SRE-IME-CCIME se informa lo siguiente:
La Dirección General de Relaciones Internacionales de la Secretaría de Salud
mediante oficio No. DGRI0766/2008 señala que: “dentro de las decisiones tomadas
en la IV Reunión del Consejo Nacional de Salud, se tomó en el acuerdo de invitar
a los representantes institucionales del IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDENA y SEMAR
para integrarse al Consejo en calidad de invitados especiales. No omito
comentar, que en los días 28 y 29 de marzo del presente año se llevó a cabo su
reunión trimestral donde enfatizó la posibilidad de interacción en temas comunes
de interés binacional en beneficio de las comunidades de los mexicanos en el
exterior, mediante las estrategias de optimización de recursos, infraestructura
compartida y facturación cruzada, en el entendido de poder crear mecanismos
necesarios para avanzar en los asuntos más urgentes”.
Atentamente,
Cándido Morales
Director del Instituto de los Mexicanos en el Exterior